Ley de 26 de diciembre de 1959

GobiernoAdministrativa - Permuta De Inmueble
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1959

LEY de 26 de diciembre de 1959

HERNÁN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley;

El Congreso Nacional,

DECRETA:

Artículo único.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal do Viacha, permutar previo los trámites de ley, dos inmuebles de su pertenencia ubicados en la Plaza Ballivián de aquella localidad, con otro cuya total extensión, valor y ubicación es igual al de los anteriores y que pertenecen a los bienes del Arzobispado de La Paz, por convenir a los intereses comunes de ambas partes.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 17 de diciembre de 1959.

Rubén Julio Castro, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Ciro Humboldt, Senador Secretario.-Humberto Velarde...

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