Ley 3187

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3187
Fecha de Publicación21 de Octubre de 2005

LEY N° 3187

LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Autorízase al Poder Ejecutivo a licitar y/o contratar la construcción y supervisión del tramo carretero Roboré - Puerto Suárez para completar la carretera troncal Santa Cruz - Puerto Suárez, con financiamiento privado y/o de organismos financieros nacionales, multilaterales o internacionales.

ARTICULO 2. Conforme la declaración de prioridad nacional establecida mediante Ley de la República, por ser una vía fundamental para la reactivación económica nacional, excepcionalmente los créditos para este proyecto podrán no estar sujetos a los límites de endeudamiento establecidos en el artículo 35 de la Ley Nº 2042, de Administración Presupuestaria, de 21 de diciembre de 1999.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los...

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