Ley 3206

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición3206
Fecha de Publicación 4 de Noviembre de 2005

LEY N° 3206

LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad nacional y regional la industrialización de la papa (Solanum tuberosum) en la Provincia Ayopaya del Departamento de Cochabamba.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo a través de las instancias pertinentes, en coordinación con los Ministerios de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Desarrollo Económico, Prefectura de Cochabamba y los Municipios de Morochata e Independencia, gestionarán recursos económicos requeridos para desarrollar la industrialización, y también incentivarán la producción de papa, su comercialización a mercados internos y externos.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo...

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