Ley 3175

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición3175
Fecha de Publicación12 de Octubre de 2005

LEY N° 3175

LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Se declara de prioridad departamental y nacional la canalización del Río Rocha del Departamento de Cochabamba, comprendido en los Municipios de Cercado, Colcapirhua, Quillacollo y Vinto.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo y la Prefectura del Departamento de Cochabamba, quedan encargados de gestionar los recursos económicos necesarios para garantizar la canalización del Río Rocha y otras obras complementarias.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de...

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