Ley 3195

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Histórico
Número de Edición3195
Fecha de Publicación21 de Octubre de 2005

LEY N° 3195

LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese a la población de Tapacarí, Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación en reconocimiento al aporte en la formación de la Nación, así como la primera población del Departamento de Cochabamba y la preservación de su cultura quechua.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios de Educación y Desarrollo Económico quedan encargados de gestionar ante organismos nacionales e internacionales la preservación de este patrimonio histórico.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah...

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