Ley 3186

GobiernoAdministrativa - Servicio De Gas
Número de Edición3186
Fecha de Publicación21 de Octubre de 2005

LEY N° 3186

LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad departamental la instalación de gas domiciliario para la ciudad de Quillacollo - Cochabamba, con el financiamiento del 50% de los vecinos.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo queda encargado de conseguir el 50% de financiamiento para el cumplimiento de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes...

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