Ley 261

GobiernoAdministrativa - Día Cívico
Número de Edición261
Fecha de Publicación31 de Octubre de 1950

21 de septiembre

LEY Nº 261.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único.- Por esta única vez declárase civil feriado con cierre de oficinas públicas y suspensión de actividades particulares los días 24 y 25 del presente en los Departamentos de Santa Cruz y Pando, con motivo de la celebración de sus fechas clásicas.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 20 de septiembre de 1950.

(Fdo.) Juan Manuel Balcázar.- (Fdo.) Lucio Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo.) Julio Crespo, Diputado Secretario.-...

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