Ley 3940

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición3940
Fecha de Publicación21 de Octubre de 2008

LEY No. 3940

LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1. Autorizase a la Prefectura de Potosí, crear el Programa de Fortalecimiento de Escuelas y Colegios del Departamento de Potosí.

ARTÍCULO 2. El Programa de Fortalecimiento será ejecutado y financiado directamente por la Prefectura del Departamento de Potosí con recursos provenientes de Regalías Mineras e Impuesto Directo a los Hidrocarburos. El Programa comprende a 200 Centros Educativos con la construcción y refacción, dotación de computadoras, instalación de talleres técnicos, construcción y techado de campos deportivos.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional al primer día del mes de octubre de dos mil ocho...

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