Ley 2420

GobiernoAdministrativa - Desastre Natural
Número de Edición2420
Fecha de Publicación11 de Noviembre de 2002

LEY 2420

LEY DE 25 DE OCTUBRE DE 2002

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto,el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Declárase “ZONA DE DESASTRE NACIONAL”, al territorio comprendido en las Provincias Cordillera y Chiquitos del Departamento de Santa Cruz, Gran Chaco del Departamento de Tarija y Provincias Luis Calvo y Hernando Siles, del Departamento de Chuquisaca, que sufrenel Fenómeno del Niño, cuya consecuencia se refleja en una grave sequía, afectando a sus pobladores.

ARTICULO 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo, la utilización inmediata de recursos del Tesoro General de la Nación, para el traslado de agua en camiones cisternas a las comunidades afectadas, así como la perforación de pozos de agua en las zonas perjudicadas de ambos Municipios, a través de una urgente canalización de fondos de la Cooperación Internacional.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del...

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