Ley 1175

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición1175
Fecha de Publicación 7 de Agosto de 1990

LEY No.- 1175

LEY DE 6 DE JULIO DE 1990

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio Financiero suscrito entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Instituto Centrale Per II Crédito a Medio Termine - MEDIOCREDITO CENTRALE -, el 30 de abril de 1990, por la suma de VEINTIDOS MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON 30/100 DOLARES AMERICANOS ($us 22.807.541.30), destinados a financiar la adquisición de bienes y servicios para la construcción de la segunda fase del Proyecto Múltiple de San Jacinto.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días...

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