Ley 2192

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2192
Fecha de Publicación30 de Abril de 2001

LEY No 2192

LEY DE 27 DE ABRIL DE 2001

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59º, inciso 7) de la Constitución Política del Estado, se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, en observancia de la normativa vigente, transferir a título gratuito a favor del Gobierno Municipal de la ciudad de El Alto. Los siguientes bienes de su propiedad.

  1. Parte del terreno ubicado en el Departamento de La Paz, ciudad de El Alto, Senkata, ex comunidad Pucarani, con una superficie de 44.317 m2., destinado a la construcción del Instituto Técnico Superior "BOLIVIA MAR", la plaza del trabajador Petrolero y la apertura de la Avenida Periférica de esa ciudad, una vez realizada la conciliación de cuenta por Impuestos Municipales.

  2. Terreno ubicado en el Departamento de La Paz, ciudad de El Alto, Urbanización 12 de octubre, entre las calles Luis Reynolds y Alfredo Franco, con una superficie de 7.691 m2, con destino a la construcción del Palacio de Justicia y Centro de Encuentro Ciudadano, de esa ciudad.

Remítase al Poder Ejecutivo...

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