Ley 2122

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Histórico
Número de Edición2122
Fecha de Publicación 9 de Octubre de 2000

LEY Nº 2122

LEY DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase PATRIMONIO HISTORICO Y NATURAL la Cuenca del río Piraí en toda su extensión en el Departamento de Santa Cruz, en consideración a que constituye un referente importante de su historia, fuente de su acervo cultural y recreación de las sucesivas generaciones.

ARTICULO SEGUNDO. Declárase de prioridad nacional la valoración, protección restauración del ecosistema, conformado por sus aguas, riberas, bosques, suelo, subsuelo, biodiversidad, paisajes que conforman los márgenes del río Piraí y sus restos arqueológicos, paleontológicos, así como la utilización sostenible, racional y óptima de sus recursos naturales, el control de la contaminación y el restablecimiento de su equilibrio ecológico.

ARTICULO TERCERO. El Poder Ejecutivo queda encargado de reglamentar y velar por el cumplimiento y velar por el cumplimiento de la presente Ley, así como delimitar las áreas de protección del río Piraí y su cuenca en el plazo máximo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR