Ley 2369
Gobierno | Administrativa - Transferencia Inmueble |
Número de Edición | 2369 |
Fecha de Publicación | 14 de Junio de 2002 |
LEY Nº 2369
LEY DE 10 DE MAYO DE 2002
JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) a transferir, a título gratuito, en favor del Municipio de Yocalla, provincia Tomas Frías del Departamento de Potosí, los siguientes bienes:
· Rancho en la Palca, con una superficie construida de 1.000 m2.
· 9 viviendas en la Palca, con una superficie construida de 100 m2, cada una.
· 1 Terreno ubicado en la Palca, con una superficie de 15.000 m2.
· 67 viviendas en Santa Lucia.
· 1 despacho ubicado en Santa Lucia en el Sector "A", con una superficie construida de 45m2.
· 1 Escuela Walter Vargas, Santa Lucia, ubicada en la calle interna "A" con una superficie de terreno de 470.17 m2.
· 1 depósito de mercaderías, ubicado en Santa Lucía, con una superficie construida de 144.00 m2.
· 1 cancha de Tenis, ubicada en la calle interna "A", con una superficie de terreno de 1.608.00 m2.
· 1 Mercado, Ubicado en Santa Lucía.
ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) a transferir, a título gratuito, en favor de la Prefectura del Departamento de Potosí, los siguientes bienes:
· 33 viviendas
· 3 lavanderías
· Una pulpería
· Una carnicería
· Un depósito
· Una cancha de Básquet
· Un cine
ARTICULO TERCERO.- Los inmuebles y bienes transferidos al Municipio de Yocalla y a la Prefectura del departamento de Potosí, serán destinados a proyectos de carácter social.
ARTICULO CUARTO.- El...
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