Ley 218

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Distribucion De Ingresos
Número de Edición218
Fecha de Publicación26 de Diciembre de 1962

LEY DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1962

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de laRepública

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo 1º

Destínase el impuesto sucesorio de Arturo Pinto Escalier, en su totalidad,a la ejecución de obras públicasen Villazón, capital de la Provincia Modesto Omiste del departamento de Potosí, concediéndose prioridad a las siguientes:

  1. Construcción de un nuevo mercado; y

  2. Pavimentación y alcantarillado

Artículo 2º

La recaudación de dicho impuesto será depositado en la agencia del BancoCentral de Bolivia a la orden del Comité Provincial de Obras Públicas de Villazón.

Artículo3º- El Comité Provincialde Obras Públicas en Villazón tendrá a su cargo la administración de tales fondos y supervigilarála ejecución de las obras.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,9 de noviembrede 1962.

(Fdo.) Federico FortúnSánjines, Presidente del H. Senado Nacional.- Jorge Flores Arias,Presidente de la H. Cámara de Diputados;Ciro Humboldt B., Senador Secretario;Eduardo Ochoa, Senador Secretario.- Stanley Gamberos, Diputado Secretario;Hugo Suárez G...

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