Ley 2117

GobiernoInternacional - Derechos Humanos
Número de Edición2117
Fecha de Publicación15 de Septiembre de 2000

LEY N° 2117

LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al artículo 59, atribución 12 de la Constitución Política del Estado, se aprueba y se eleva a rango de Ley de la República, el siguiente Convenio Internacional:

La Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, aprobada por la resolución 640 (VII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 20 de diciembre de 1952, en sus 11 artículos. Y cúmplase lo determinado por el Artículo 6.2º del Convenio Internacional, del depósito de la aprobación y elevación a Ley de la República, en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días mes de agosto de dos mil años.

Fdo...

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