Ley 2118

GobiernoInternacional - Laboral
Número de Edición2118
Fecha de Publicación15 de Septiembre de 2000

LEY Nº 2118

LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 12 de la Constitución Política del Estado, se aprueba y se eleva a rango de Ley de la República, los Convenios Multilaterales sobre Trabajo (Convenio Núm. 116 en sus 7 artículos y el Instrumento de Enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo) que fueron aprobados por el Decreto Supremo Nº 6.287 de 30 de noviembre de 1.962.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de agosto de dos mil años.

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Jaalil R...

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