Ley 2661

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2661
Fecha de Publicación 5 de Mayo de 2004

LEY N° 2661

LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Se autoriza al Poder Ejecutivo transferir, a título gratuito, el inmueble de propiedad del ex Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios (M.A.C.A.), ubicado en el “Barrio Nuevo” de San José de Pocitos, Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, en favor del Gobierno Municipal de la ciudad de Yacuiba, destinado a la construcción de la Unidad Educativa, del referido Barrio, registrada en la Partida N° 139 del Libro Primero de Propiedad de la Provincia Gran Chaco, inscrita al Folio N° 52 del Cuarto Anotador, en fecha 11 de marzo de 1996 años, lote de terreno signado con el N° 65, cuenta con un frente de 50 mts, por un fondo de 71.40 mts. haciendo una superficie total de 3.570 m2., colindante al Norte con lotes de la señora María Celia viuda de Barba, al Sud con la calle N° 109, al Este con la calle N° 15 y al Oeste con la calle N° 16.

ARTICULO 2°.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Educación y la Prefectura del Departamento de Tarija, se...

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