Ley 2678

GobiernoAdministrativa - Monumento Nacional
Número de Edición2678
Fecha de Publicación 5 de Mayo de 2004

LEY Nº 2678

LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Declárase a la ciudad de Bermejo “Pionera de la Industria Petrolera Boliviana”, y “Monumento Nacional”, al Pozo Petrolero Bermejo 2, descubridor de petróleo en Bolivia, localizado en la Serranía de “El Candado”, Segunda Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija, en la Zona de Bermejo, por lo que se dispone su acondicionamiento, conservación y preservación como Patrimonio Histórico Nacional, Departamental y Local, y la creación del Museo Nacional del Petróleo en la ciudad de Bermejo.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de abril de dos mil cuatro años.

Fdo. Gonzalo Chirveches...

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