Ley 2656

GobiernoAdministrativa - Educativa
Número de Edición2656
Fecha de Publicación 5 de Mayo de 2004

LEY N° 2656

LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004

HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Créase la Escuela Nacional de Gobierno, como Entidad Pública del Estado Boliviano, cuyo objetivo principal será ofrecer capacitación y adiestramiento a las autoridades y funcionarios del Estado para mejorar la calidad de la gestión pública.

ARTICULO 2°.- La Escuela Nacional de Gobierno tendrá su sede en la ciudad de Tarija y se implementará en esfuerzo compartido entre el Poder Ejecutivo y la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAM - BOLIVIA), que asignarán recursos materiales, financieros, humanos e institucionales para su funcionamiento, contando además con la participación del sistema universitario.

El Poder Ejecutivo reglamentará su funcionamiento mediante Decreto Supremo.

ARTICULO 3°.- La Escuela Nacional de Gobierno iniciará sus actividades con un Centro de Capacitación Municipal que será parte de su estructura. Este centro brindará capacitación y adiestramiento a las autoridades y funcionarios municipales del país, en la búsqueda de fortalecer las capacidades institucionales para la gestión local, como así también afianzar y profundizar el proceso de descentralización y municipalización iniciado en el país.

El Centro de Capacitación Municipal se implementará sobre la base institucional de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAM - BOLIVIA) y de la Asociación de Municipalidades del Departamento de Tarija (AMT) como entidad local, contará con la participación del Poder Ejecutivo que aportará...

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