Ley 3486

GobiernoAdministrativa - Nominación
Número de Edición3486
Fecha de Publicación13 de Octubre de 2006

LEY N° 3486

LEY DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. Declárase al Municipio Autónomo de Roboré, Tercera Sección de la Provincia Chiquitos del Departamento de Santa Cruz, como "La Perla del Oriente Boliviano".

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de dos mil seis años.

Fdo. José Villavicencio Amuruz Presidente en Ejercicio H. Senado Nacional, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Jorge Aguilera Bejarano, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.

Por tanto, la promulgo para que se...

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