Ley 2092

GobiernoInternacional - Cooperación Turismo Y Cultura
Número de Edición2092
Fecha de Publicación26 de Junio de 2000

LEY N° 2092

LEY DE 8 DE JUNIO DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad al Artículo 59ª, atribución 12ª., de la Constitución Política del Estado, se aprueba el “Convenio entre la República de Bolivia y la República del Perú, para la Recuperación de Bienes Culturales y otros específicos, Robados, Importados o Exportados Ilícitamente”, suscrito el 14 de diciembre de 1998.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil años.

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Roberto Caballero Oropeza, Jorge Sensano...

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