Ley 3853

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3853
Fecha de Publicación 2 de Junio de 2008

LEY Nº 3853

LEY DE 14 DE MAYO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. Declárase de prioridad regional y de urgente necesidad, la construcción de las avenidas: Av. Pando; Av. Madre Nazaria; y, Av. Las Palmas II Fase, de la ciudad de Cobija, con pavimento rígido.

Se autoriza al Gobierno Municipal de Cobija, asignar recursos del IDH para el estudio a diseño final, impacto ambiental y la ejecución de las obras.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil ocho años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez...

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