Ley 3856

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3856
Fecha de Publicación 2 de Junio de 2008

LEY Nº 3856

LEY DE 14 DE MAYO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de La Paz, la ejecución de las siguientes obras de infraestructura vial en la Provincia Murillo del Departamento de La Paz, a nivel de preinversión e inversión:

- Apertura y ampliación del tramo final Av. Buenos Aires - Mallasilla;

- Ampliación y construcción de la carretera Cota Cota - Lipari; y,

- Mejoramiento y asfaltado doble vía tramo Río Seco - San Roque.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta días del mes de abril de dos mil ocho años.

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Edmundo Novillo Aguilar...

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