Ley de 27 de diciembre de 1958

GobiernoCivil Y Familiar - Civil.
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1959

LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 1958

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1º- Autorizase al Poder Ejecutivo a contratar un préstamo o crédito interno o externo de CINCUENTA MIL MILLONES DE BOLIVIANOS, o su equivalente de dólares americanos, destinados a la ejecuciónde las siguientes obras en el departamento de La Paz; asfaltado del camino Alto - Desaguadero; obras de riego de Huarina - Peñas; construcción y asfaltado del aeropuerto de El Alto.

Articulo 2º - El servicio de este crédito se hará dentro de los limites correspondientes a un 8 % de amortización por un año y un 5 % anual de interés, garantizándose su pagocon la renta proveniente de la explotación de las obras presitas en el artículo primero y con los recursosque se fija para este objetivo, en el Presupuesto General de la Nación.

Articulo 3º - El Poder Ejecutivo licitará públicamente la ejecución de estas obras.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso...

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