Ley 72

GobiernoLaboral Y Seguridad Social - Derecho Del Trabajo
Número de Edición72
Fecha de Publicación11 de Enero de 1961

LEY No. 72.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D E C R E T A:

Artículo 1º

Elévase a rango de ley el decreto supremo No. 03374-2 de 30 de abril de 1953.

Artículo 2º

El salario mínimo para los trabajadores gastronómicos, a que se refierenlos artículos 5º y 6º del citado decreto, serán fijados mediante acuerdos directos entre patrones y trabajadores e intervencióndel Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber quedado superados los mínimos que se establecen en la merituadadisposición.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,28 denoviembrede 1960.

(Fdo.) RubénJulio C., Presidente del H. Senado Nacional.- E. Ayala Mercado,Presidente de la H.Cámara de Diputados.-Ciro Humboldt, Senador Secretario.- Octavio Rivadeneira, Senador Secretario.-Gmo. Muñoz de la B., Diputado Secretario.-Mario Roncal Antezana, Diputado Secretario.

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