Ley 2967

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2967
Fecha de Publicación 4 de Marzo de 2005

LEY N° 2967

LEY DE 3 DE FEBRERO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

ARTICULO 1°.- Se declara de prioridad nacional, la construcción del puente sobre el Río Tumusla, que vincula el Cantón de Cerro Colorado, Provincia Nor Chichas con el Cantón Pampa Grande, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo, a través de la Prefectura del Departamento de Potosí, busque el financiamiento requerido o apoyo internacional para la construcción del puente sobre el Río Tumusla.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego Justiniano Aponte...

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