Ley 2965

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición2965
Fecha de Publicación 4 de Marzo de 2005

LEY Nº 2965

LEY DE 3 DE FEBRERO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Declárase de prioridad municipal y departamental el mejoramiento del camino Villazón - Berque- Casira - Sarcani - Viacha - Cumbre- Valle Rico- Bella Vista - Esmoraca- El Cruce, Mojinete- San Antonio de Esmoruco de las Provincias Modesto Omiste, Sud Chichas y Sud Lípez del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2º.- El municipio de la Provincia Modesto Omiste y la Prefectura del Departamento de Potosí, quedan encargados de gestionar los recursos para su incorporación en el Presupuesto General de la Nación 2005.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil cuatro años.

Fdo. Mario Diego...

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