Ley 151

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Minería
Número de Edición151
Fecha de Publicación17 de Enero de 1962

No. 151.LEY DE8 DE ENERO DE 1962.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D ECRETA:

Artículo 1º - Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia para que convoque apropuestaspara la explotación en Sociedad Mixta con empresas particulares del país o del exterior, el Grupo Minero “Matilde” dependiente de esa Corporación.

Artículo 2º - El Poder Ejecutivo queda encargado de la reglamentación de la presente ley, observando las siguientes condiciones mínimas:

a)En las utilidades de la Sociedad Mixta el Estado tendrá una participación mínima del 50%.

b)El establecimiento de una fundicióny refinación para obtener la producción metálica del zinc.

c)Parte de los productos metálicos a obtenerse, deberán serobligatoriamente destinados a satisfacer los requerimientos del consumo nacional.

d)Las usinas eléctricas a construirsepor parte de la Sociedad, deberán tener capacidadcomo para hacer frente a las necesidades señaladas en el inciso b)

e)Las plantas de beneficio y de recuperacióndeberán construirse en lugares que no afecten las aguas destinadasa la agricultura y a la piscicultura.

f)Los trabajadores que actualmente prestan su servicios en la Empresa Minera Matilde, deberán ser recontratadosen su totalidad sin desmejorar sus actuales condiciones económicos y sociales y contratar con preferencia a los trabajadores desplazados de las demás minas.

g) En la calificación final de las propuestas...

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