Ley 3444

GobiernoAdministrativa - Educativa
Número de Edición3444
Fecha de Publicación24 de Julio de 2006

LEY Nº 3444

LEY DE 16 DE JULIO DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Alex Cerrogrande Acarapi, Roxana Sandoval Román.

ARTICULO 1. Autorízase a la Prefectura del Departamento de La Paz la implementación del Proyecto de Alfabetización Informática en las 20 provincias del Departamento de La Paz, consistente en la instalación de plataformas tecnológicas destinadas a la formación de recursos humanos, con alto grado de capacitación en el manejo de sistemas informáticos y computacionales, aplicables en el proceso de enseñanza y aprendizaje, desnivel secundario de los establecimientos educativos fiscales.

ARTICULO 2. La Prefectura del Departamento de La Paz, con contraparte de los Gobiernos Municipales respectivos, podrá disponer de recursos económicos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH), de conformidad con el Decreto Supremo Nº 28421 de 21 de octubre de 2005, así...

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