Ley 1398

GobiernoAdministrativa - Desastre Natural
Número de Edición1398
Fecha de Publicación18 de Enero de 1993

LEY No. 1398
LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 1992

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se declara zona de grave desastre y emergencia nacional la zona Llipi, Provincia Larecaja del Departamento de La Paz.

ARTICULO SEGUNDO.- Se dispone el empleo de recursos extraordinarios para superar este grave desastre nacional.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Carlos Farah Aquim, Oscar Vargas Molina, Wálter Villagra Romay, Arturo...

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