Ley 770
Gobierno | Tributaria, Aduanera Y Financiera - Impuestos Al Consumo |
Número de Edición | 770 |
Fecha de Publicación | 31 de Diciembre de 1985 |
LEY DE 20 DEDICIEMBRE DE 1985
No. 770
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTICULO 1o.- Se establece el carácter departamental del impuesto único a la cerveza sobre la base del precio de venta de fábrica.
ARTICULO 2o.- Para efectos de la liquidación del presente impuesto, fíjase la alícuota uniforme del 60 %, sobre el precio de venta en las fábricas. de cerveza.
ARTICULO 3o.- Ladistribución del impuesto unificado,recaudado de acuerdo a la presente Ley, será:
- Corporaciones Regionales de Desarrollo 54 %
- Tesoro Municipal de capitales departamentales 14 %
- Tesoros Universitarios 10 %
- Tesoro General de la Nación 20 %
- Obras deportivas departamentales2 %
---------------------
TOTAL : 100 %
ARTICULO 4o.-Se exceptúa al departamento de La Paz de la distribución a la que se refiere el artículo anterior, debiendo, por el plazo de 8 años, distribuirse el impuesto recaudado de la siguiente forma y con los fines destinados que se indican:
ENTIDADDESTINO
CORDEPAZ20 %Contribución al aporte local para la carretera La Paz-Charazani-Apolo-Pto.Heat (Pando)
CORDEPAZ20 %Contribución al aporte local para la carretera La Paz - Trinidad (Beni)
CORDEPAZ14 % - -
Alcaldía Municipal de
la ciudad deLa Paz8 % Obras de Infraestructura urbana.
Alcaldía Municipal de
la ciudad de El Alto6 % Obras de Infraestructura urbana.
de La Paz
Universidad Mayor de
San Andrés 10 %- -
Obras Deportivas
departamentales2 % Infraestructura
Tesoro General de la Nación 20 %
--------------
TOTAL100 %
Al término del plazo de 8 años, la distribución de la recaudación impositiva, con excepción a la asignación correspondiente al Tesoro General de la Nación, se sujetará a lo dispuesto por el artículo tercero.
ARTICULO5o.- El impuesto se liquidará en origen en el momento de salida del producto de la fábrica y el pago de efectuará mensualmente por las fábricas directamente a las entidades beneficiarias, de acuerdo a la distribución que se establece en la presente ley.
ARTICULO6o.-El 20 % destinado al Tesoro General de...
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