Ley 3020

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3020
Fecha de Publicación 9 de Mayo de 2005

LEY N° 3020

LEY DE 13 DE ABRIL DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1.- Declárase como necesidad y prioridad nacional la inclusión de la carretera Oruro - La Joya - Chuquichambi - Huayllamarca - Totora - Curahuara como la parte de la Red Vial Fundamental de Caminos.

ARTICULO 2°.- Se encomienda al Poder Ejecutivo obtener financiamiento interno o externo para dicha carretera biocéanica.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de marzo de dos mil cinco años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo...

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