Ley 1839

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición1839
Fecha de Publicación17 de Abril de 1998

LEY No 1839

LEY DE 6 DE ABRIL DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se eleva a rango de Ley el Decreto Supremo No 14057 de 25 de octubre de 1976 en sus cuatro artículos, formando parte integrante del mismo Decreto Supremo el Reglamento Especial de Ventas de Terrenos en el Parque Industrial "Ramón Dario Gutiérrez" de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 183574 de 22 de abril de 1997.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase a la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, proceder a la venta real y enajenación perpetua con precios de mercado actual de los terrenos ubicados en las manzanas 25, 26, 28-A, 28-C, 28-D, 29, 31-A, 32, 33-A, 33-B, 33-C, 33-D y 33-E de la U.V. 71 que pertenecen al Parque Industrial y las manzanas P.I. 35-A, 35-B, 36, 43, 48 y U.V. 79-A determinadas por las coordenadas:

1. CL7-Y-8039290.56 X-485473.68

2. CL5-Y-8039479.06 X-485628.72

3. P23-Y-8039740.48 X-485783.04

4. A2-Y-8039668.03 X-485951.80

5. P1-Y-8039689.20 X-485965.00

6. P2-Y-8039677.10 X-485988.50

7. P3-Y-8039157.06 X-485673.80

En favor de los vivientes de las mencionadas manzanas y que pertenecen también al Parque Industrial, pasando a jurisdicción y control del Consejo del Plan Regulador en cuanto a los servicios públicos.

ARTICULO TERCERO.- El precio de los terrenos ocupados con fines de vivienda, aprobado por el Directorio de la Ex Corporación Regional de Desarrollo Santa Cruz, es de Bs. 47.- (Cuarenta y siete 00/100 Bolivianos) por metro...

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