Ley 828

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición828
Fecha de Publicación14 de Abril de 1986

LEY DE 3 DE ABRIL DE 1986

No. 828

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO PRIMERO.- Créase el cantón Villa Puchuni, en la jurisdicción de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, cuyos limites son los siguientes: al Norte, con el cantón Topo hoco, al Sur, con el cantón Callapa, al este con el cantón Calteca; y al Oeste, con el cantón Jayuma Llallagua.

ARTICULO SEGUNDO.- Las comunidades que integran el cantón Villa Puchuni, son las siguientes: Villa Puchuni, capital del cantón, estancia Vilaque, estancia Colipa Canta y estancia Colari.

ARTICULO TERCERO.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6o. del Decreto SupremoNo. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar loshitos respectivos

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del...

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