Ley 1546

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición1546
Fecha de Publicación15 de Abril de 1994

LEY N° 1546

LEY DE 21 DE MARZO DE 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declarase de urgente necesidad, la ejecución del Proyecto Múltiple TOMAYAPO-PAICHO, situado en la Provincia Méndez del departamento de Tarija.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar financiamiento ante organismos nacionales e internacionales, para concluir el diseño final y realizar la construcción del Proyecto.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro años.

Fdo.Juan Carlos Durán Saucedo, Guillermo Bedregal G.,Walter Zuleta...

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