Ley 663

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición663
Fecha de Publicación10 de Noviembre de 1984

LEY DE 29 DE OCTUBRE DE 1984

No. 663

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto elCongreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Declárase de alta prioridad nacional y de utilidad pública la realización del Proyecto Integral de Vinculación Vial entre los Departamentos de Santa Cruz, Chuquisaca y Tarija sobre la base de las carreteras Troncales Santa Cruz - Camiri - Villamontes - Yacuiba - Bermejo y Villamontes - Tarija y los ramales a Muyupampa, Charagua y D' Orbigny.

ARTICULO 2o.- Con el objeto de que la construcción de estas carreteras y ramales comience a la brevedad posible, se encomienda al Servicio Nacional de Caminos y a las Corporaciones de Desarrollo de Santa Cruz, Tarija y Chuquisaca el perfeccionamiento inmediato de los estudios y diseños finales pertinentes.

ARTICULO 3o.- Autorízase al Poder Ejecutivo a gestionar ante los organismos internacionales de financiamiento la obtención de recursos para la ejecución del Proyecto.

ARTICULO 4o.- Derógase todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.

Comuníquese al Poder...

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