Ley 381

GobiernoCivil Y Familiar - Civil.
Número de Edición381
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

22 de noviembre

LEY Nº 381.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL .

DECRETA :

Artículo 1°.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Cochabamba, para ampliar el empréstito que tiene en el Banco Central de Bolivia por SIETE MILLONES DE BOLIVIANOS (Bs. 7.000.000.-), con destino a la ampliación de las instalaciones de la Empresa de Luz y Fuerza Eléctrica, hasta la suma de DOCE MILLONES (Bs. 12.000.000.-), para el mismo fin.

Artículo 2°.- Los intereses, amortización y garantías, serán los mismos que los establecidos por la ley original que autorizó dicho empréstito, de 29 de diciembre de 1945.

Remítase al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 9 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Manuel Balcazar.- (Fdo.) Lucio Lanza Solares.- (Fdo.) Carlos López Arce...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR