Ley 3231

GobiernoAdministrativa - Servicio De Gas
Número de Edición3231
Fecha de Publicación 7 de Noviembre de 2005

LEY N° 3231

LEY DE 21 DE OCTUBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad regional y de necesidad urgente la instalación de gas domiciliario gratuito en los Municipios de Vinto, Sipe Sipe y Capinota del Departamento de Cochabamba.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hidrocarburos queda encargado de su ejecución y de realizar las gestiones para la obtención de recursos económicos necesarios.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan...

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