Ley 3234

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3234
Fecha de Publicación 7 de Noviembre de 2005

LEY N° 3234

LEY DE 21 DE OCTUBRE DE 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1. Declárese de prioridad nacional el financiamiento para la construcción de la carretera Cochabamba - Potosí y el puente sobre el Río Caine por parte del Poder Ejecutivo y la Prefectura del Departamento de Cochabamba.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo y la Prefectura del Departamento de Cochabamba quedan encargados del cumplimiento de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil cinco años.

Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, ...

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