Ley 905

GobiernoInternacional - Ambiental
Número de Edición905
Fecha de Publicación22 de Diciembre de 1986

LEY DE 12 DE DICIEMBRE DE 1986

N° 905

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO UNICO. - De conformidad al Artículo 59, atribución 12° de la Constitución Política del Estado, se aprueba la Convención Preliminar para el estudio del aprovechamiento de las aguas del Lago Titicaca, suscrita el 30 de julio de 1955, y el Convenio para el estudio preliminar del aprovechamiento de las aguas del Lago Titicaca, firmado el 19 de febrero de 1957.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y séis años.

Fdo. Ciro Humboldt B., Walter...

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