Ley 798

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición798
Fecha de Publicación28 de Febrero de 1986

LEY DE 28 DE FEBRERO DE 1986

No. 798

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1o.- Créase el cantón San Francisco de Yaribay, en la jurisdicción de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, con los siguientes límites: al norte con el Cantón Calacoto; al Sur, con el Cantón Callapa; al este, con el Cantón Toponoco; y al Oeste, con el Cantón Callapa.

ARTICULO SEGUNDO. Las comunidades que comprenderá el nuevo cantón son: Pueblo Yaribay, Centro Yaribay y Rosa Pata Yaribay.

ARTICULO TERCERO. El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con la dispisición del artículo 6o. del Decreto Supremo Nº 2282, de 5 de diciembre de 1950, efectuará la delimitación y fijará los hitos correspondientes.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional...

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