Ley 943

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición943
Fecha de Publicación 9 de Noviembre de 1987

LEY DE 14 DE OCTUBRE DE 1987

Nº 943

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Determínase que la construcción de las represas de Tirahoyo y Muyuquiri, constituye una prioritaria necesidad para el desarrollo autosostenido de las cabeceras del valle de Nor Cinti y del cañadón vitivinícola que encauza el Río Chico de la misma provincia, con tradicional e importante gravitación dentro de las economias de los departamentos de Chuquisaca, Potosí y de la Nación.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo la contratación de los recursos financieros necesarios para los estudios de prefactibilidad, factibilidad, diseño y construcción de las represas a que se refiere la presente ley.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del...

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