Ley 103

GobiernoComercial Y Económica - Comercial.
Número de Edición103
Fecha de Publicación 8 de Noviembre de 1961

LEY No. 103.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único

Todas las Empresas Industriales, Comerciales, Bancarias y la Minería que hayan pagado la totalidad de sus aportes por concepto de regalías sobre revalorización del activo fijo, quedan facultadas a elevar sus capitalesa la suma revalorizadaconforme a las disposiciones en vigencia y sin necesidad de Resolución Suprema en cada caso.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,9de octubrede 1961.

(Fdo.)Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional; E.Sandoval Morón,Presidente de la H.Cámara de Diputados;Fernando Ayala R., Senador Secretario;Julio Calvo, Senador Secretario; Alfredo Aguirre B., Diputado...

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