Ley de 15 de septiembre de 1957

GobiernoAdministrativa - División Política
Fecha de Publicación30 de Septiembre de 1957

Ley de 15 de septiembre de 1957

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

El Congreso Nacional,

DECRETA:

Articulo 1º- Se eleva a rango de Cantón la ex-Comunidad San Miguel de Copani, jurisdicción del Cantón Umala de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz, con el nombre de "SAN MIGUEL", con los siguientes límites: al Norte con las Comunidades de Pata-Huaca y Lique y la Estancia Chocecani; al Sur con la Comunidad Lique, Ñequela ambas de Umala; al Este con el Cantón Cañaviri y al Oeste con el Cantón Callapa.

Artículo 2º- De acuerdo al Art. 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, la nueva delimitación correrá a cargo del Instituto Geográfico Militar.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 11 de septiembre de 1957.

(Fdo.) Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan...

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