Ley 3965

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3965
Fecha de Publicación22 de Noviembre de 2008

LEY Nº 3965

LEY DE 7 DE NOVIEMBRE DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental, el diseño y construcción del puente vehicular Añufani, emplazado en el tramo que vincula las poblaciones de Santiago de Machaca y Berenguela Ruta D - 1305 de la Provincia José Manuel Pando del Departamento de La Paz.

Artículo 2. Encomiendase a la Prefectura del Departamento de La Paz, la construcción del Puente Vehicular Añufani.

Artículo 3. Autorízase a la Prefectura del Departamento de La Paz, realizar la gestión de los recursos financieros para el cumplimiento de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ocho días del mes de octubre de dos mil ocho...

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