Ley de 29 de enero de 1957

GobiernoPenal - Amnistia
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1957

Ley de 29 de enero de 1957

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único. - En ejercicio de la atribución 12a del artículo 58 de la Constitución Política del Estado, se concede amnistía por el delito de heridas graves y sus consecuencias, en favor de Eloy Martínez y Adolfo Castaño, en la denuncia interpuesta por Osvaldo Antelo, a raíz de los hechos de origen político ocurridos en la localidad de San Lorenzo capital de la Provincia Méndez, del Departamento de Tarija a horas 20 del día 10 de marzo de 1946.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 23 de enero de 1957.

(Fdo.) O. Barbery Ibáñez, Presidente del H. Senado Nacional. - Renán Castrillo J, Presidente de la H. Cámara de Diputados. -...

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