Ley 352

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Liberacion Tributaria
Número de Edición352
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1950

18 de noviembre

LEY Nº 352.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo único.- Libérase de impuestos municipal, departamental y nacional a los materiales de construcción que importe el Club de La Paz, para la conclusión de dicha casa social, debiendo el Ministerio de Hacienda conceder las divisas indispensables para tal objeto. La liberación se refiere a los materiales necesarios para la construcción de un solario y las importaciones liberadas no podrán exceder de la suma de un millón quinientos mil bolivianos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 6 de noviembre de 1950.

(Fdo.) Juan Ml. Balcazar.- (Fdo.) L. Lanza Solares.- (Fdo.) C. López Arce, Senador...

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