Ley de 18 de septiembre de 1958

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Fecha de Publicación30 de Septiembre de 1958

LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1958

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1º.- De acuerdo con la Constitución Política del Estado, en su artículo 58, Sección 15ª, se autoriza a la Alcaldía Municipal de Potosí, la venta de 4.666 metros cuadrados de terrenos baldíos que se hallan en la parte norte de la Avenida “Litoral” de dicha ciudad.

Artículo 2º.- Para el efecto se dividirán en lotes para adjudicar a los peticionarios con destino a la ampliación de la viviendas obreras que poseen los vecinos de la indicada zona.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 8 de septiembre de 1958.

(Fdo.).- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Germán Quiroga Galdo, Presidente de la...

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