Ley de 18 de septiembre de 1958

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Transporte
Fecha de Publicación30 de Septiembre de 1958

LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1958

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo único.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 5017 de 11 de agosto de 1958, referente a la iniciación de estudios del Ferrocarril Balcarce-Tarija-Yacuiba, a cargo de la Dirección General de Ferrocarriles.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 8 de septiembre de 1958.

(Fdo.).-- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Germán Quiroga Galdo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Oscar Donoso L., Senador Secretario.- Alberto Lavadenz R., Senador Secretario.- Oswaldo Antelo Araúz...

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