Ley 256

GobiernoCivil Y Familiar - Civil.
Número de Edición256
Fecha de Publicación31 de Octubre de 1950

20 DE SEPTIEMBRE

LEY Nº 256.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Tarija para contratar en el Banco Central de Bolivia o cualquiera otra Institución Bancaria del país, un Empréstito hasta la suma de Diez Millones de Bolivianos, con destino a la construcción de un Camal Moderno, debidamente mecanizado en la ciudad de Tarija.

Artículo 2°.- El servicio de amortización será atendido con los siguientes ingresos del Presupuesto Municipal de Tarija:

Cap. 1° Párrafo “A” (2) Corambre Bs. 500.000.-
Cap. 1° Párrafo “A” ( ) Mercado 260.000.-
Cap. 1° Párrafo “A” (6) Cementerio 300.000.-

Artículo 3°.- En la contratación de este empréstito se estipulará un interés no mayor del 6% y una amortización anual a Capital del 10%.

Artículo 4°.- Estando afectada sólo parte de los ingresos municipales que se citan en la presente Ley; el Alcalde Municipal, de acuerdo con la Institución otorgante del crédito fijarán los cupos mensuales que, a medida de su recaudación, serán depositados en dicha Institución en una cuenta que se denominará “Servicio de Amortización del Empréstito pro Camal Municipal”.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR